El Registro de Facturas de Crédito Electrónicas MiPyME es una herramienta dinámica que permite a las micro, pequeñas o medianas empresas emitir, aceptar y rechazar comprobantes. Además, este registro sirve para consultar los sujetos obligados a recibir facturas de crédito electrónicas y para elegir que sean informados al “Sistema de Circulación Abierta para Facturas de Crédito Electrónicas MiPyMEs”, a un agente de depósito colectivo o agentes que cumplan similares funciones.
Este servicio cuenta con dos modalidades: el servicio denominado “Registro de Facturas de Crédito Electrónicas MiPyME”, disponible con clave fiscal, y el intercambio de información basado en el “WebService”.
El usuario deberá indicar:
- El monto cancelado, en caso de “Cancelación Parcial”
- El monto de “Retenciones”
- Porcentaje según tabla elaborada por el Ministerio de Producción, que dependerá de jurisdicción – retenciones provinciales o municipales)
- Se podrá modificar luego a “Cancelación Total” siempre que no se haya informado al agente de depósito colectivo de la factura de crédito para su negociación.
La Resolución 49/2023 estableció para la Factura de Crédito Electrónica MiPyMEs a partir de abril 2023 y hasta el 31 de mayo un plazo de 21 días corridos para:
- El pago del precio superior a los 21 días contados a partir de la fecha de recepción de la factura de crédito electrónica en el domicilio fiscal electrónico del obligado al pago )
- La constitución de título ejecutivo y valor no cartular
- La emisión de notas de débito y crédito que se ajusten a la operación
- La aceptación de la Factura de crédito electrónica
- La aceptación tácita
- Efectuar el rechazo de la Factura de crédito electrónica y su inscripción en el Registro de Facturas de Crédito Electrónica MIPYMES