¿Qué condiciones debés cumplir para comprar dólares?
Las "Condiciones para la compra de dólar ahorro" se refieren a los requisitos que los clientes deben cumplir para adquirir una cantidad máxima de USD 200 por mes en el sistema financiero argentino.
Este límite puede disminuir si el cliente ha utilizado sus tarjetas de crédito o débito para hacer compras en moneda extranjera en el mes anterior. Además, se aplicará un Impuesto País del 30% y una retención del 35% para el Impuesto a las Ganancias o Bienes Personales.
Podrás adquirir dólares a menos que estés comprendido en alguna de las situaciones que se describen a continuación:
- Sos beneficiario de acuerdo a lo dispuesto en el punto 4 de la Comunicación “A” 6949 y complementarias del BCRA (Refinanciación de saldos impagos de Tarjetas) (Congelamiento del valor de las cuotas de créditos).
- Sos beneficiario de los "Créditos a Tasa Cero", "Créditos a Tasa Cero Cultura" ó "Créditos a Tasa Subsidiada para Empresas".
En los 90 (noventa) días corridos anteriores, has realizado alguna de las siguientes operaciones:
- Ventas en el país de títulos valores con liquidación en moneda extranjera;
- Canjes de títulos valores emitidos por residentes por activos externos;
- Transferencias de títulos valores a entidades depositarias del exterior;
- Adquisición en el país con liquidación en pesos de títulos valores externos emitidos por no residentes;
- Adquisición de certificados de depósitos argentinos representativos de acciones extranjeras a partir del 22.07.22;
- Adquisición de títulos valores representativos de deuda privada emitida en jurisdicción extranjera a partir del 22.07.2022;
- Entrega de fondos en moneda local u otros activos locales (excepto fondos en moneda extranjera depositados en entidades financieras locales) a cualquier persona humana o jurídica, residente o no residente, vinculada o no, recibiendo como contraprestación previa o posterior, de manera directa o indirecta, a título personal o a través de una entidad vinculada, controlada o controlante, activos externos, criptoactivos o títulos valores depositados en el exterior a partir del 22.07.2022.
- Sos beneficiario de financiaciones acordadas conforme a los puntos 2 y 3 de la Comunicación A 7006 del BCRA (Financiación MiPyme).
- Recibís un subsidio alimentario (IFE, Asignación Universal por Hijo, etc.).
- Si percibiste tus haberes por medio del programa estatal de ayuda para pagar salarios (ATP).
- Algún cotitular de la cuenta en dólares realizó una compra de moneda extranjera en la misma cuenta durante el mes.
En el caso de que la cuenta de la cual deseas realizar la compra posea algún cotitular, ninguno de ellos deberá estar comprendido en las situaciones descriptas anteriormente.
- No solicitaste ni obtuviste a la fecha subsidios en las tarifas derivadas del suministro de gas natural por red y/o energía eléctrica, ni los obtuviste de manera automática, ni tampoco mantengas el subsidio en las tarifas de agua potable.
- Ser beneficiario del “Plan de Pagos de deuda previsional” Ley N° 27.705 u otro plan de regularización de deuda previsional.