¿Por qué me retiene ARBA?
ARBA puede retener un porcentaje de tus ingresos si estás inscripto en el impuesto a los Ingresos Brutos como contribuyente local de la provincia de Buenos Aires o tienes incorporada la jurisdicción de Buenos Aires en el régimen de Convenio Multilateral. También pueden retenerte si realizas ventas de productos o servicios con clientes de la provincia de Buenos Aires, o si estás inscripto en el impuesto a los Ingresos Brutos en otra provincia pero no figuras en el padrón de ARBA.
¿Cuándo no corresponde retención de ARBA?
No corresponde la retención de ARBA cuando se desarrolla una actividad exenta o no gravada en un 100%, como por ejemplo la exportación de servicios. En este caso no se requiere inscripción en el impuesto a los Ingresos Brutos, ni ARBA debe incluir al contribuyente en ningunos de sus padrones de retención y percepción.
¿Qué debes hacer si recibís una intimación de ARBA?
Si recibiste una intimación de ARBA, debes responderla justificando la falta de inscripción en el Impuesto a los Ingresos Brutos o procediendo a la inscripción retroactiva, dependiendo del caso. Si necesitas ayuda con esto, no dudes en contactarnos.
¿Cómo evitar que ARBA te retenga cada vez que ingresa un pago en tu cuenta?
Sí, ARBA puede retener un porcentaje de tus ingresos si estás inscripto en el impuesto a los Ingresos Brutos como contribuyente local de la provincia de Buenos Aires o tienes incorporada la jurisdicción de Buenos Aires en el régimen de Convenio Multilateral. Si quieres evitar la retención, puedes seguir los pasos de nuestra guía para salir del padrón.
¿Debo pagar las retenciones de ARBA si realizo una actividad exenta en Ingresos Brutos?
No necesariamente. Si haces exportaciones de servicios, o si realizas una actividad exenta o no gravada en un 100%, no es necesario que pagues las retenciones de ARBA ni que te inscribas en el impuesto a los Ingresos Brutos.
¿Qué actividades no están gravadas por el Impuesto a los Ingresos Brutos?
Las actividades no gravadas o no alcanzadas por el Impuesto a los Ingresos Brutos y por la cuales se puede hacer la presentación para salir del padrón de retenciones de ARBA son:
El transporte internacional de pasajeros y/o cargas, las exportaciones de servicios y/o mercaderías, los servicios prestados como miembros de Directorios y Consejos de Vigilancia, y las actividades de sujetos radicados en zonas francas.
¿Cómo puedo evitar que ARBA me haga retenciones?
Se puede realizar una presentación voluntaria vía web, para solicitar salir del padrón de retenciones de ARBA (“con alícuota 0” en el padrón). Para hacerlo, debes seguir los siguientes pasos:
- Ingresar en la web de ARBA.
- Hacer clic en la opción de “Trámites” que se encuentra en el apartado de “Ingresos Brutos” del “menú por impuesto”.
- Ingresar al ítem: “Solicitud de incorporación Desarrollo de Actividad no gravada por el impuesto sobre los Ingresos Brutos”.
- En el apartado “Solicitud de incorporación sujetos no gravados” haces clic en la actividad no gravada que realizas.
- Completar: nombre, CUIT, correo electrónico y teléfono.
- Adjuntar una nota detallando la actividad que desarrollas y la documentación correspondiente, la cual varía según la actividad.
Para realizar este trámite no deberás registrar inscripción activa como contribuyente en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
¿Qué información debo presentar para no sufrir retenciones de ARBA?
La información que debes presentar depende de la actividad que realices. A continuación, te presento los documentos que necesitas según la actividad:
Transporte internacional de pasajeros y/o cargas: nota explicando detalladamente la actividad que desarrollas, estatuto/contrato social/acta de constitución, último balance cerrado, y mencionar el acuerdo bilateral o convenio entre el Estado Argentino y el país de origen para evitar la doble imposición (número de Ley).
Exportaciones de mercaderías y/o servicios a terceros países: nota explicando detalladamente la actividad desarrollada, estatuto/contrato social (solo personas jurídicas), último balance cerrado (solo personas jurídicas), facturas correlativas del mes anterior al mes de la solicitud, y detalle de los puntos de venta AFIP.
Actividades de Directorios y Consejos de Vigilancia: estatuto social de la firma en la que cumple sus funciones, acta de asamblea de accionistas donde conste la designación como Director, comprobantes por el pago de Honorarios correspondiente a los últimos tres meses anteriores a la solicitud, registro contable correspondiente al pago de los Honorarios, y nota con el carácter de declaración jurada donde se manifieste que no realiza otras actividades económicas.
Si necesitas asesoramiento, dejá tus datos y un asesor te va a contactar para ayudarte y darte información.