Ley 27.743: Régimen de Regularización de Obligaciones Tributarias, Aduaneras y de la Seguridad Social
La Ley 27.743 establece un régimen excepcional de regularización de obligaciones tributarias, aduaneras y de la seguridad social. A continuación, te ofrecemos un resumen detallado de los temas y fechas clave para que puedas aprovechar al máximo esta oportunidad:
1. Obligaciones Incluidas en el Régimen
Este régimen permite regularizar las siguientes deudas:
- Tributarias
- Aduaneras
- Recursos de la seguridad social
Estas deudas deben haber vencido hasta el 31/03/2024, inclusive. Además, se podrán regularizar infracciones relacionadas o no con las obligaciones incluidas, cometidas hasta el 31/03/2024, inclusive.
2. Vigencia de la Ley y Resoluciones
- Vigencia de la Ley 27.743: Desde el 08/07/2024
- Vigencia de la Resolución General AFIP 5525/2024: Desde el 17/07/2024
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Puesta a disposición de los sistemas informáticos:
- 18/07/2024, en general
- 24/07/2024, concursados y fallidos
- 31/07/2024, responsables solidarios
3. Fechas Importantes para la Regularización
- Fecha límite para la registración como “Pequeño Contribuyente”: 11/10/2024, inclusive
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Fecha límite para ingresar al Régimen de Regularización:
- 14/10/2024, inclusive, para pago al contado y planes de hasta 3 cuotas
- 13/12/2024, inclusive, con planes de facilidades de pago de 1 hasta 84 cuotas
- Fecha límite para plantear anulaciones: 09/12/2024, inclusive
4. Plazo de Acogimiento
El acogimiento al régimen podrá formularse desde el 17/07/2024 hasta el 13/12/2024, inclusive. El sistema "Mis facilidades" estará disponible en las siguientes fechas:
- Concursados y fallidos: 24/07/2024
- Responsables solidarios: 31/07/2024
5. Beneficios del Régimen
Condonación de Intereses Resarcitorios y Punitorios:
- Deuda cancelada por pago contado o en un plan de hasta 3 cuotas:
- Adhesión dentro de los primeros 30 días: 70%
- Adhesión entre los 31 y 60 días: 60%
- Adhesión entre los 61 y 90 días: 50%
- Deuda en un plan de más de 3 cuotas:
- Adhesión dentro de los primeros 90 días: 40%
- Adhesión a partir de los 91 días: 20%
Será condonada la totalidad de los intereses resarcitorios y punitorios hasta el 31/03/2024. Además, la condonación se aplica a los intereses transformados en capital, siempre que el tributo original haya sido cancelado hasta el 31/03/2024.
Refinanciación de Planes de Facilidades de Pago: Podrán refinanciarse planes presentados hasta el 31/03/2024 para gozar de los beneficios de la condonación de intereses y multas, siempre que estén vigentes y formalizados mediante "Mis Facilidades".
6. Cancelación Anticipada
La cancelación anticipada puede ser solicitada a partir del mes en que se venza la segunda cuota, a través de “Presentaciones Digitales” en el trámite “Planes de Pago - Anulaciones, cancelaciones anticipadas totales y otras”.
7. Liberación de Multas y Sanciones
El beneficio de condonación de multas y sanciones formales aplicará siempre que no estén firmes ni abonadas y se cumpla con el deber formal antes del 13/12/2024. Además, se prevén liberaciones relacionadas con la inclusión en el REPSAL y la reiteración de infracciones.
8. Responsables Solidarios y Deudas en Ejecución Judicial
Los responsables solidarios pueden adherir al régimen aunque no se haya reclamado la obligación del deudor principal. En caso de adhesión, se puede solicitar el archivo de las actuaciones judiciales.
9. Honorarios Judiciales
Se reducirá en un 50% para adhesiones al régimen dentro de los primeros 90 días desde la entrada en vigencia de la reglamentación.
10. Extinción de la Acción Penal y Tasa de Financiación
La acción penal se extinguirá si no hay sentencia firme a la fecha de cancelación. La tasa de financiación será determinada por la AFIP y actualizada trimestralmente hasta el 31/12/2025, y semestralmente a partir de esa fecha.
Para más detalles sobre la reglamentación, puedes consultar la resolución completa aquí.
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