El formulario 931 es una declaración jurada que se utiliza para determinar nominativamente e ingresar los aportes y contribuciones con destino a los distintos subsistemas de la seguridad social.
Este documento también es la única forma que tiene el estado de conocer todas las retenciones, deducciones y aportes. Que los empleadores realizan a sus trabajadores durante el periodo tributario.
Cómo hacer el cálculo del formulario 931
- Aportes a la Seguridad Social. Los aportes a la Seguridad Social se identifican con el código 301 y son retenidos de los pagos mensuales de los trabajadores.
- Aportes a Obra Social. Los aportes a obra social se identifican con el código 302, el porcentaje que se le retiene al trabajador por este concepto es del 3%. Este porcentaje puede aumentar al doble cuando el trabajador cumple sólo media jornada.
- Contribuciones a la Seguridad Social. El código que se les asigna a las Contribuciones a la Seguridad Social es 351
- Contribuciones de obra social. El código que le corresponde a las contribuciones de obra social es 352, estas están conformadas por pagos que realiza el empleador.
Generación de la Declaración Jurada F.931
- Ingresar al servicio “Libro de Sueldos Digital”, desde donde se habilitará el acceso al servicio “Declaración en Línea” para confeccionar la respectiva declaración jurada, siempre que se hubiera verificado la conformidad previa del libro de sueldos.
- Presentación de la Declaración Jurada F.931 – Rectificativas
Presentación de las declaraciones juradas rectificativas F.931
- Ingresar al sistema “Libro Sueldos Digital” y acceder desde allí al sistema “Declaración en línea”.
Aplicar la modalidad de confección de las declaraciones juradas utilizada oportunamente, es decir, “Sistema de Cálculo de obligaciones de la Seguridad Social – SICOSS” o “Declaración en línea”, según corresponda, por los períodos anteriores a la utilización del ‘Libro de Sueldos Digital’.
Cómo pagar el formulario 931
El pago de las contribuciones se hacen por mes vencido y se da un plazo de 10 días, en caso de no recibir el pago, se comienzan a generar intereses.
Medios de Pagos habilitados:
Homebanking
Esta forma de pago se realiza a través de la página web de tu banco, seleccionando la opción “AFIP Doméstica Activa”. Después la cantidad de horas correspondientes a la relación laboral.
En forma presencial
Para ello debe imprimirse los formularios y presentarlos cuando se va a realizar el pago se hace en las oficinas de los bancos que cobran impuestos de la AFIP o también en Rapipago o en Pago Fácil.
Volante electrónico de pago (VEP)
Para utilizar esta forma de pago debes ingresar al portal web de AFIP y ubicar la opción empleador. Esto permite generar el VEP, el cual se debe usar para pagar a través de medios electrónicos.
PAGO DE OBLIGACIONES DE LA SEGUIRDAD SOCIAL