Es una herramienta informática que permite a los empleadores cumplir distintas obligaciones en un único trámite, para generar el Libro de Sueldos y Jornales, Hojas Móviles y la Declaración Jurada mensual formulario 931.
Importante: por el momento, no reemplaza a libro de sueldos rubricado, por lo tanto, el trámite de rúbrica sigue vigente en la modalidad que cada Provincia y la Ciudad de Buenos Aires utilizan.
¿Que tramites se pueden realizar con la herramienta?
- Determinación y alta de conceptos
- Habilitar periodo de presentación
- Ingresar una liquidación de sueldos
- Validar una liquidación de sueldos
- Aceptar liquidación de sueldos
- Obtener el libro de sueldos
- Presentar DJ del periodo (F 931)
- Consultar datos de la aplicación
- Actividades simultáneas (pluriempleo)
- Cambio de datos F931 y ddjj rectificativas
- Personal de empresas de servicios eventuales
- Incremento de bases imponibles (ej.: personal, media jornada)
- Datos específicos para el armado de txt de importación, parametrización y liquidación, casos especiales (ej.: pasantes)
- Determinación de bases de cálculo para el F931
- Vacaciones
- Declaración jurada sin nómina de empleados
- Sueldo anual complementario
- Licencia por maternidad
- Topes a bases de aportes, ajuste o rectificativas por bajas
Procedimiento de adhesión: Emisión de hojas móviles
- Ingresar al servicio “Libro de Sueldos Digital”, y por única vez, dar de alta los conceptos de liquidación de sueldo, asociando los propios con los fijados por la AFIP.
- Definir, por cada uno de esos conceptos, el/los subsistemas a los que esté obligado a realizar aportes y contribuciones.
- Efectuar las liquidaciones de haberes por cada trabajador, del modo habitual, y cargar en el Sistema, la información de la liquidación de haberes y los datos necesarios para confeccionar la declaración jurada F.931. Una vez cumplidos estos pasos, se conformará las hojas del libro en borrador.
- Revisar y confirmar los datos. Imprimir y/o enviar el archivo con las hojas del “Libro de Sueldos Digital” correspondientes, disponibles a través del servicio “Domicilio Fiscal Electrónico”, ajustándose a los requerimientos de la autoridad jurisdiccional en materia del trabajo.
¿Cómo adherirse voluntariamente?
El empleador que no ha sido notificado en el domicilio fiscal electrónico de su obligación de utilizar este nuevo servicio y desee comenzar a utilizarlo voluntariamente, podrá solicitarlo en la dependencia asignada mediante una multinota F 206 haciendo mención que la misma debe ser remitida a la Dirección de Operaciones con Instituciones con la Seguridad Social.
Luego de la evaluación pertinente recibirá una comunicación en su domicilio fiscal electrónico, indicando el período a partir del cual estará obligado a utilizar el sistema “Libro de Sueldos Digital”.
Si necesitas asesoramiento, dejá tus datos y un asesor te va a contactar para ayudarte y darte información.