¿Qué es el impuesto a los Débitos y Créditos Bancarios?
Aquellos contribuyentes adheridos al régimen simplificado que operan con cuentas corrientes y que cumplan ciertas condiciones, podrán solicitar la disminución del impuesto a los Débitos y Créditos Bancarios, es decir, "el impuesto al cheque".
Cómo hacer para acceder al beneficio
- Ingresar al servicio “Registro Beneficios Imp. s/Créditos y Débitos”, al que se accede con clave fiscal.
Seleccionar el contribuyente. - Elegir la opción “Alta de CBU/CVU – Beneficio” en “Menú”.
- Ingresar el número de la CBU de la cuenta corriente.
- Tildar en la opción 4 de Registro “Débitos y Créditos en cuenta corriente cuando se trata de Sujetos inscriptos en el Régimen Simplificado – Monotributo”.
- Hacer clic en “Generar Solicitud de alta CBU/CVU – Beneficio”.
- Confirmar la solicitud del alta.
- El sistema realiza controles informáticos y, una vez superados, queda registrado el CBU de la cuenta corriente.
La exención empieza a operar a partir del día siguiente a la inscripción de la CBU en el registro y su aprobación por parte de la AFIP.
DEJÁ DE PAGAR EL IMPUESTO AL CHEQUE.
Completá tus datos y un asesor se va a comunicar con vos para asesorarte y gestionar el beneficio