Para la clasificación legal de las sociedades se tiene en cuenta la forma en la que se divide el capital. Las sociedades comerciales en la Argentina pueden dividir su capital en partes de interés, cuotas o acciones.
Sociedades por parte de interés
- Sociedad Colectiva
- Sociedad en Comandita Simple
- Sociedad de Capital e Industria
- Sociedad Accidental o en participación
Sociedades por cuotas
- Sociedad de Responsabilidad Limitada
Sociedades por acciones
- Sociedad Anónima
- Sociedad Anónima con Participación Estatal Mayoritaria
- Sociedad en Comandita por Acciones
- Sociedad por Acciones Simplificada
- Sociedad Anónima Unipersonal
Principales características de los diferentes tipos societarios
Sociedad Colectiva
Dividen su capital en partes de interés. Los socios contraen responsabilidad subsidiaria, ilimitada y solidaria por las obligaciones sociales. El pacto en contrario es inoponible a terceros.
Sociedad en Comandita Simple
Dividen su capital en parte de interés. En este tipo existen dos categorías de socios: comanditados y comanditarios. Los socios comanditados responden por las obligaciones sociales como los socios de la sociedad colectiva. Los socios comanditarios solo responden con el capital que se obliguen a aportar, es decir, su responsabilidad es limitada al aporte.
Sociedad de Capital e Industria
Dividen su capital en partes de interés. En este tipo existen dos categorías de socios: capitalistas e industriales. Él o los socios capitalistas responden por las obligaciones sociales en forma solidaria, ilimitada y subsidiaria. Él o los socios industriales responden en forma limitada hasta el total de las ganancias no percibidas.
Sociedad Accidental o en Participación
Sociedad constituida para la realización de operaciones determinadas o transitorias, a cumplirse mediante aportes comunes a nombre personal del socio gestor. No es un sujeto de derecho y carece de denominación o razón social. No se exigen requisitos de forma, ni de inscripción en el Registro Público de
Comercio. Se prueba según las normas de prueba de los contratos.
Sociedad de Responsabilidad Limitada
Dividen su capital en cuotas. Los socios limitan su responsabilidad a la integración de
las cuotas que suscriban o adquieran.
Sociedad Anónima
Su capital se representa en acciones. Los socios limitan su responsabilidad a la integración de las acciones suscriptas.
Sociedad Anónima con Participación Estatal Mayoritaria
Se constituye cuando el Estado nacional, los estados provinciales, los municipios, los organismos estatales legalmente autorizados al efecto o las sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria sean propietarios en forma individual o conjunta del 51% del capital social y de tal manera de ser suficientes para prevalecer en las asambleas ordinarias y extraordinarias.
Sociedad en Comandita por Acciones
Los socios comanditados responden por las obligaciones sociales como los socios de la sociedad colectiva; los socios comanditarios limitan su responsabilidad al capital suscripto. Representan su capital en acciones.
Sociedad por Acciones Simplificada
La pueden formar una o varias personas humanas o jurídicas. En las SAS, la responsabilidad de los socios y socias está limitada a sus acciones.
Sociedad Anónima Unipersonal
Se permite la sociedad formada por una sola persona que aporta bienes para la producción o intercambio de otros bienes o servicios. En una sociedad anónima unipersonal, el socio responde por los actos de la sociedad con el capital que invirtió en la misma y no con todo su patrimonio.