En MyContador analizamos qué ingresos obtuviste durante el período, qué gastos y deducciones pueden corresponder y cuál es tu situación actual ante ARCA. A partir de ese análisis confeccionamos la liquidación, presentamos la declaración jurada y te explicamos el resultado: si existe un impuesto a pagar, un saldo a favor o alguna situación que necesite regularizarse.
¿Qué es la liquidación del Impuesto a las Ganancias?
Es el proceso mediante el cual se analizan las ganancias obtenidas durante el año, se consideran los gastos, deducciones, retenciones y pagos a cuenta que correspondan y se determina el resultado final del impuesto.
La liquidación se completa mediante la presentación de una declaración jurada ante ARCA.
¿Qué ingresos se tienen en cuenta?
Depende de tu situación. La Ley de Ganancias clasifica las rentas según su origen en cuatro categorías.
Primera categoría: rentas de inmuebles
Incluye determinadas ganancias relacionadas con inmuebles, como alquileres y otras rentas inmobiliarias alcanzadas.
Segunda categoría: rentas del capital
Comprende determinadas ganancias provenientes de inversiones y capital, como intereses, dividendos y otros rendimientos financieros.
Tercera categoría: ganancias empresariales
Comprende ganancias provenientes de empresas, explotaciones unipersonales y determinadas actividades empresariales.
Cuarta categoría: trabajo personal
Incluye, entre otros, ingresos provenientes del:
- Trabajo en relación de dependencia
- Ejercicio de profesiones y oficios
- Determinados cargos societarios
- Jubilaciones y pensiones alcanzadas
- Otras actividades derivadas del trabajo personal
Una misma persona puede tener ingresos de más de una categoría durante el mismo año, por lo que analizamos cada fuente de renta según el tratamiento que corresponda.
¿Qué es la Declaración Jurada de Ganancias?
Es la presentación que se realiza ante ARCA para informar la situación correspondiente al período fiscal y determinar el resultado del impuesto.
Si estás inscripto en Ganancias, la obligación de presentar la DDJJ puede mantenerse incluso cuando el resultado del período no arroje impuesto a pagar.
¿Podemos presentar períodos anteriores?
Sí. Podemos confeccionar declaraciones juradas de Ganancias actuales o de períodos anteriores cuando existen obligaciones pendientes. Esto puede ocurrir, por ejemplo, si:
- Estabas inscripto y no presentaste una DDJJ anual
- Comenzaste a estar alcanzado por Ganancias y no realizaste la presentación
- Cambiaste tu condición impositiva durante el año
- Tenés períodos anteriores que necesitás regularizar
- Necesitás corregir una declaración presentada
¿Qué recibís al finalizar?
Una vez confeccionada y presentada la liquidación, te enviamos un resumen de la gestión y la documentación correspondiente. En el informe incluímos:
- Declaración jurada presentada
- Acuse de recibo
- Resultado de la liquidación
- Detalle del saldo a pagar o saldo a favor
- VEP o indicaciones para realizar el pago
- Información sobre anticipos
- Recomendaciones sobre obligaciones o situaciones que todavía necesiten revisión
¿Qué pasa si la liquidación da impuesto a pagar?
Si de la declaración jurada surge un saldo a pagar, ese importe corresponde a tu obligación ante ARCA y no está incluido dentro de los honorarios de MyContador.
Si necesitás financiar la deuda y existe un plan disponible, podemos analizar también la posibilidad de confeccionar un Plan de Pago de Ganancias, que se cotiza como una gestión adicional.
¿Necesitás liquidar o regularizar el Impuesto a las Ganancias?
Contactanos. Revisamos qué ingresos obtenés, qué período necesitás presentar y qué documentación necesitamos para realizar la liquidación.
Antes de comenzar te informamos el alcance del trabajo y los honorarios correspondientes.
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