El pago diferido de IVA es un beneficio que permite postergar el pago del impuesto determinado en la declaración jurada mensual. En lugar de pagarlo en su vencimiento habitual, se puede abonar en una fecha posterior. Este mecanismo está pensado principalmente para aliviar la carga financiera de ciertos contribuyentes.
¿Qué es el pago diferido?
Es un régimen que permite presentar la declaración jurada de IVA en fecha, pero pagar el impuesto más adelante. El Estado te da 60 días extras para financiar al vencimiento original. Esto no cambia el cálculo del impuesto, sino únicamente el momento en que lo pagás.
¿Por qué es importante?
Si sos micro o pequeña empresa, podés pagar a 90 días el IVA que declarás mensualmente. Si querés acceder a este beneficio, lo podés hacer cuando estés realizando tu inscripción como MiPyME en ARCA.
¿Cómo funciona?
El funcionamiento es el siguiente:
- Presentás la declaración jurada de IVA como todos los meses.
- El sistema determina el saldo a pagar.
- En lugar de abonarlo en el vencimiento habitual, lo podés pagar en el vencimiento del segundo mes siguiente.
Ejemplo: El IVA de enero se presenta en febrero, pero el pago se realiza recién en abril. Esto equivale a contar con un plazo extra para financiar el impuesto.
¿Para qué se creó?
Este beneficio se implementó para:
- Mejorar la liquidez de las empresas
- Acompañar los plazos de cobro (muchas ventas se cobran a 30, 60 o más días)
- Evitar desfasajes entre lo que cobrás y lo que tenés que pagar
Funciona como una herramienta de financiamiento del IVA.
¿Cuáles son los requisitos para acceder?
Para disfrutar del beneficio del IVA diferido, las micro y pequeñas empresas deben cumplir con los siguientes requisitos:
- Estar inscripto como MiPyME
- Contar con el Certificado MiPyME vigente
Este certificado se gestiona desde ARCA y habilita distintos beneficios impositivos, entre ellos el pago diferido del IVA.
El beneficio aplica solo al pago, no a la presentación de la declaración jurada. Si perdés la condición de MiPyME, dejás de acceder al diferimiento. No implica una reducción del impuesto, sino un cambio en el momento de pago.
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