Si estás evaluando pasar de Monotributo a Responsable Inscripto o bien adherirte a este régimen, es importante entender que, si bien implica más obligaciones fiscales, también tiene ventajas para hacer crecer tu actividad.
¿Qué ventajas tiene estar inscripto en el Regimen General (Responsable Inscripto) comparado al régimen simplificado (monotributo)?
Dado de alta como Responsable Inscripto vas a poder:
- El calculo de los impuestos corresponden a los movimientos entre ingresos y egresos de tus actividades, y no a una cuota fija mensual
Podés tomar el crédito fiscal de las facturas “A” correspondientes a tus compras vinculadas con tu actividad, ya sea de bienes de cambio (por ejemplo, mercadería) o de bienes de uso (como maquinarias, amoblamiento o equipamiento), y computarlo para reducir el IVA a pagar
- El pago del Impuesto a las Ganancias es de carácter anual, y se abona solo sí la diferencia entre los movimientos de ingresos o egresos te genera un resultado positivo, a diferencia del monotributo, que se abona ganancias mensualmente dentro de la cuota fija mensual
- Sin restricciones o tope del precio unitario para la venta (que es algo que sucede en el monotributo)
- Sin restricciones o tope en el monto de tu facturación
- Tampoco vas a tener límites de locales o actividades comerciales
- Vas a poder acceder con mayor facilidad a las líneas de crédito para PYMES
Cada caso se evalúa según tu actividad, tu nivel de ingresos y la proyección del negocio. En el Régimen General (Responsable Inscripto) los impuestos no se pagan con una cuota fija mensual, sino que se determinan en función de los movimientos reales de tu actividad (ingresos y egresos). Entender cómo funciona ante ARCA y ordenar tu facturación y tus gastos te permite tomar decisiones más informadas; al principio puede parecer más complejo, pero con buen asesoramiento y un sistema prolijo de registración, es totalmente manejable.
Qué implica, en la práctica, ser Responsable Inscripto:
Qué implica, en la práctica, ser Responsable Inscripto:
- IVA mensual: se calcula por la diferencia entre el IVA de tus ventas (débito fiscal) y el IVA de tus compras vinculadas a la actividad (crédito fiscal). Por eso es clave pedir y guardar Facturas A de mercadería, bienes de uso (maquinarias, equipamiento, amoblamientos) y servicios relacionados, para poder computar ese crédito fiscal.
- Ganancias anual: se determina una vez al año y se paga solo si el resultado del año es positivo (cuando tus ingresos superan a tus egresos deducibles). En Monotributo, en cambio, el componente impositivo viene incluido dentro de una cuota mensual.
- Sin los topes propios del Monotributo: no tenés los límites típicos del régimen simplificado (por ejemplo, tope de facturación, precio unitario máximo por producto, cantidad de actividades o unidades de explotación), que son los que suelen gatillar exclusiones en Monotributo.
- Mejor acceso a financiamiento: al operar con mayor nivel de registración y trazabilidad, suele facilitar el análisis para líneas de crédito y herramientas para PYMES (según política de cada entidad).
Si necesitas asesoramiento, dejá tus datos y un asesor te va a contactar para ayudarte y darte información.