Los sujetos que soliciten la inscripción en el Régimen Nacional de la Seguridad Social como trabajadores autónomos, deberán encuadrarse en la Tabla y Categoría que le corresponda, a fin de obtener el Código de Régistro de Autónomos (CRA).
Para obtener el CRA, deberán observar el siguiente procedimiento:
- Determinar la actividad principal por la cual efectúa la inscripción e identificar en que TABLA de actividades se encuentra comprendida.
- Seleccionar alguna de las siguientes opciones, donde encontrará, cuál es la categoría que le corresponde:
- Actividad Única
- Actividades Simultáneas
- Actividades Penosas o Riesgosas
- Actividades simultáneas incluida una Penosa o Riesgosa
- Menores de edad
- Beneficiarios de Prestaciones Previsionales (Jubilaciones Ordinarias u Otro tipo de prestaciones)
- Afiliaciones Voluntarias
- Amas de casa que opten por la Ley 24.828
Categorías y aportes
Están determinadas de acuerdo a la actividad y el ingreso bruto anual de cada contribuyente.
Para la determinación de la categoría correspondiente, se requiere encuadrarse en alguna de las tablas que se indican a continuación, de acuerdo a los ingresos brutos obtenidos en el año calendario inmediato anterior a la fecha de categorización.
Valores vigentes a partir desde AGOSTO 2024
Valores vigentes para los trabajadores autónomos según la categoría (todos)
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