IVA Percepciones
En los regímenes de percepción, tu proveedor (actuando como Agente) agregará un monto adicional en la factura, que sumará al total a pagar. El comprobante es la misma factura y el emisor debe indicar cuál es el concepto de la percepción: es decir, informar de qué impuesto se trata y cuál es la norma aplicada. Tu proveedor depositará el monto percibido de acuerdo a lo que indican las normas. La percepción se efectúa en el momento de la compra y la pagás cuando cancelás la factura del proveedor.
En resumen, cuando se realiza una percepción de IVA, el proveedor es agente de percepción y deberá percibir un adicional del total de la factura que te emitió y donde abonaras más.
IVA Retenciones
Tanto el fisco nacional como los provinciales (y, en algunos casos, también los municipios) aplican regímenes de retención sobre los impuestos que administran.
Si tu cliente es Agente te tiene que retener una o más partes del total de la factura que le emitiste y pagarte menos. La retención se efectúa al momento del pago.
Por cada uno de esos descuentos te entrega una constancia llamada “certificado de retención” donde deben constar, al menos, los siguientes datos:
- Fecha y número de comprobante
- Qué impuesto retiene y en función a qué normativa
- Sus datos como Agente: razón social, domicilio, CUIT
- Tus datos como retenido: denominación, domicilio, CUIT
- Importe retenido
- Firma del responsable y sello aclaratorio (el cliente es responsable de depositar ese monto en su declaración jurada del modo en que el fisco determine).
Deberás registrar y guardar ese comprobante como parte del pago para deducirlo del monto a pagar del mismo impuesto.
En resumen, cuando se realiza una retención de IVA, el cliente es agente de retención y deberá retener una parte del total de la factura que le emitiste y abonar menos.