Las retenciones de Convenio Multilateral son importes que se descuentan sobre cobros, acreditaciones bancarias, cuentas de pago, operaciones con tarjetas o liquidaciones vinculadas a una actividad económica alcanzada por el impuesto sobre los Ingresos Brutos.
¿Qué significa que me retengan en Convenio Multilateral?
Cuando estás inscripto en Convenio Multilateral, tributas Ingresos Brutos en más de una jurisdicción.
Estas retenciones son aplicadas por bancos, plataformas de pago, agentes de recaudación, administradoras de tarjetas, proveedores o entidades que actúan como intermediarios.
No es el “Convenio Multilateral” quien retiene directamente. La retención surge de regímenes establecidos por las jurisdicciones adheridas y se administra mediante sistemas como SIRCREB, SIRCUPA, SIRTAC, SIRCAR o SIRPEI, según el tipo de operación.
¿Por qué me retienen?
Te retienen porque figurás como contribuyente alcanzado por Ingresos Brutos bajo Convenio Multilateral y la operación está vinculada a una jurisdicción donde tenés actividad declarada o donde el sistema detecta actividad.
- Estás inscripto en Convenio Multilateral
- Tenés jurisdicciones activas, como CABA, Provincia de Buenos Aires u otras provincias
- Cobrás ventas o servicios en cuentas bancarias
- Recibís dinero en billeteras virtuales o cuentas de pago
- Cobrás con tarjeta, plataformas de pago o medios digitales
- Operás con agentes de recaudación
- Figurás incluido en padrones mensuales de retención o recaudación
- La jurisdicción considera que corresponde aplicar una alícuota de recaudación
La retención se toma como un pago a cuenta del impuesto y luego debe computarse en la declaración jurada mensual, cuando corresponde.
¿Cuándo me retienen?
La retención se aplica en distintos momentos, según el sistema o régimen utilizado.
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Cuando ingresa dinero en una cuenta bancaria
Se aplica SIRCREB, que es el régimen de recaudación sobre acreditaciones bancarias. En este caso, el descuento aparece cuando se acredita dinero en una cuenta bancaria. -
Cuando ingresa dinero en una cuenta de pago o billetera virtual
Se aplica SIRCUPA, que funciona sobre importes acreditados en cuentas de pago, como CVU o billeteras virtuales. -
Cuando cobrás con tarjeta o medios de pago digitales
Se aplica SIRTAC, vinculado a operaciones cobradas con tarjetas, plataformas de pago o medios digitales. -
Cuando un proveedor, cliente o agente te retiene
Existen retenciones o percepciones informadas por agentes de recaudación mediante sistemas como SIRCAR, según la jurisdicción y el régimen aplicable. -
Cuando realizás una importación
En operaciones de importación definitiva a consumo, se aplica SIRPEI, que funciona como percepción aduanera de Ingresos Brutos.
¿Cuándo NO me corresponde una retención?
No corresponde una retención cuando la operación o tu situación fiscal no está alcanzada por el régimen aplicado.
- No realizás actividad económica en la jurisdicción que aplicó la retención
- La operación no está gravada por Ingresos Brutos
- La actividad está exenta o no alcanzada
- La jurisdicción no corresponde a tu actividad real
- La retención fue aplicada con una alícuota incorrecta
- El sistema te incluyó por error en el padrón
- Ya no tenés actividad en esa jurisdicción y no se actualizó el padrón
- La acreditación bancaria no corresponde a una venta o prestación de servicios
- Se trata de movimientos propios entre cuentas, sueldos, préstamos u otros ingresos no vinculados a actividad comercial, según el caso
- La cuenta tiene cotitulares y la retención corresponde a otra CUIT
En estos casos, conviene revisar el origen del descuento, el período, la jurisdicción y el sistema que aplicó la retención antes de reclamar.
¿Qué hago con las retenciones de Convenio Multilateral?
Las retenciones deben revisarse y, si corresponden, computarse como pago a cuenta en la declaración jurada mensual.
Para contribuyentes de Convenio Multilateral, esto se realiza desde SIFERE Web - Módulo DDJJ, en la sección de deducciones correspondiente.
También pueden consultarse desde SIFERE Web - Módulo Consultas, donde se puede revisar información sobre retenciones, percepciones, recaudaciones bancarias y percepciones aduaneras informadas por agentes o sistemas.
¿Dónde puedo consultar las retenciones sufridas?
Podés consultar retenciones y deducciones desde:
- SIFERE Web - Módulo Consultas, para revisar deducciones informadas.
- SIRCREB, si la retención fue bancaria.
- SIRCUPA, si la retención fue sobre cuenta de pago o billetera virtual.
- SIRTAC, si la retención fue sobre operaciones con tarjetas o medios digitales.
- El comprobante, extracto o liquidación emitido por el banco, billetera, plataforma o agente que practicó la retención.
Es importante guardar los comprobantes, ya que pueden ser necesarios para revisar el caso o iniciar un reclamo.
Documentación requerida
Para analizar una retención, conviene tener a mano:
- CUIT
- Período de la retención
- Comprobante o extracto donde figure el descuento
- Banco, billetera, plataforma o agente que aplicó la retención
- Importe retenido
- Jurisdicción aplicada
- Constancia de inscripción en Convenio Multilateral
- Declaraciones juradas presentadas
- Deducciones informadas en SIFERE Web
- Documentación que respalde exención, exclusión o actividad no alcanzada, si corresponde
Que te retengan en Convenio Multilateral no siempre significa que haya un error. Muchas retenciones forman parte de los regímenes de recaudación de Ingresos Brutos y funcionan como pagos a cuenta.
Si necesitas asesoramiento, dejá tus datos y un asesor te va a contactar para ayudarte y darte información.