El Impuesto sobre los Ingresos Brutos se paga, en general, todos los meses, pero la forma de pago depende del régimen en el que estés inscripto (Simplificado/Unificado, Régimen General local o Convenio Multilateral).
Régimen simplificado (Monotributo unificado ARCA)
- Abonás en un solo pago mensual: el componente nacional del Monotributo y el Ingresos Brutos del Régimen Simplificado Provincial (y, si corresponde, el tributo municipal/comunal).
- Elimina la obligación de presentar DDJJ mensual y anual de Ingresos Brutos para quienes están dentro del régimen unificado.
- Lo abonas por medios electrónicos, generando un VEP o QR cuando corresponde.
- En algunas provincias no se incluye en la cuota mensual de monotributo, se abona por separado.
Régimen General (Ingresos Brutos “local”)
En el Régimen General, el impuesto se calcula en base a tus ingresos/ventas del período. Para pagarlo, tenés que presentar una Declaración Jurada (DDJJ). Los vencimientos dependen de cada jurisdicción.
- Mensual: Se presenta la DDJJ del mes calendario, se realiza el pago según el calendario de vencimientos de tu provincia.
- Anual: Se presenta una DDJJ anual o un resumen anual para cerrar el período y, si corresponde, ajustar diferencias con lo declarado durante el año.
- Abonás el saldo por los canales habilitados por tu provincia (homebanking, VEP, QR, boleta, etc.).
Convenio Multilateral (SIFERE)
Si operás en dos o más jurisdicciones, Ingresos Brutos se liquida por Convenio Multilateral a través de SIFERE (sistema unificado). En este régimen, además de declarar lo del mes, se informa la distribución entre provincias según las reglas del convenio.
- Mensual: Se presentan las DDJJ CM03/CM04 correspondientes al mes calendario y se paga el impuesto según el calendario de vencimientos (que suele operar en el mes siguiente, según terminación de CUIT).
- Anual: Se presenta la DDJJ CM05, que funciona como cierre anual del convenio. En esa presentación se consolida la información del año y se determina/actualiza el coeficiente de distribución entre jurisdicciones, tomando como referencia los datos del último ejercicio anual (balance o ingresos/gastos anuales). Generalmente, se presenta a mitad del año siguiente al período fiscal que se está cerrando.
¿Qué sucede si no pago Ingresos Brutos?
Si no presentás las declaraciones juradas (mensuales y/o anuales) o no abonás lo correspondiente, podés acumular deuda e intereses, y además aplicarse multas por incumplimientos formales, según la normativa de cada jurisdicción.