El Régimen General de Ingresos Brutos es el esquema impositivo para empresas, autónomos y otros contribuyentes locales. En este régimen, el impuesto se calcula sobre los ingresos y se abonan pagos mensuales más un ajuste anual, se tributa según lo que se factura en la provincia y se toman en cuenta las deducciones y alícuotas vigentes.
¿A quiénes abarca?
- Monotributistas que no estén adheridos al Régimen Simplificado, ya sea porque su jurisdicción no se encuentra incorporada al sistema o porque su actividad no está alcanzada por dicho régimen.
- Responsables inscriptos: Toda persona humana o jurídica con actividad económica en la provincia que esté inscripta como responsable inscripto en ARCA.
- Empresas (personas jurídicas): Sociedades, cooperativas y otras entidades comerciales siempre tributan por el Régimen General en la provincia donde operan.
¿Cómo y cuándo se paga?
Los contribuyentes del régimen general presentan declaraciones juradas mensuales y luego realizan una liquidación anual:
Declaración mensual:
Cada mes se deben informar los ingresos del período (gravados, no gravados y exentos) a través de la web del organismo recaudador local. Sistema online donde el contribuyente ingresa al servicio correspondiente a su jurisdicción con CUIT y clave para cargar la DJ de ingresos mensuales. El resultado de la declaración (sobre los ingresos mensuales) genera el pago del impuesto correspondiente.
Vencimiento y pago:
El impuesto mensual suele vencerse al mes siguiente. El pago se realiza mediante VEP (Volante Electrónico de Pago) homebanking o medios de pagos electrónicos habilitados para cancelar la obligación.
Liquidación anual:
Al cierre del ejercicio fiscal (año calendario) se realiza la declaración jurada anual para ajustar los pagos y presentar la liquidación final del impuesto. En esta declaración se consolida el año completo y se abonan diferencias resultantes (o se regula cualquier crédito/deuda pendiente). En general, la DJ anual suele presentarse en los primeros meses del año siguiente y puede incluir rectificativas de períodos mensuales anteriores.
Características y beneficios del régimen general
Cálculo real vs. fijo:
En el Régimen General, el impuesto se calcula sobre la base real de ingresos netos (ingresos gravados menos deducciones permitidas), a diferencia del sistema simplificado, que fija una cuota mensual predeterminada.
Sin límites de topes:
En Régimen General no hay restricción en el monto facturado anual ni en el valor de los productos vendidos; por el contrario, se tributa conforme al monto real de ventas.
Obligaciones formales:
El Régimen General exige llevar contabilidad y comprobantes completos y presentar las declaraciones juradas correspondientes (mensuales y anuales).
Retenciones y percepciones:
A diferencia del régimen simplificado, el Régimen General está sujeto a retenciones y percepciones sobre pagos y compras bancarias o plataformas.
Si necesitas asesoramiento, dejá tus datos y un asesor te va a contactar para ayudarte y darte información.