El SIRTAC es el Sistema de Recaudación sobre Tarjetas de Crédito y Compra. Es la herramienta administrada por la Comisión Arbitral COMARB que se utiliza para aplicar retenciones del impuesto sobre los Ingresos Brutos en operaciones cobradas mediante tarjetas, billeteras virtuales, plataformas de pago o medios digitales.
¿Qué es SIRTAC?
SIRTAC significa Sistema de Recaudación sobre Tarjetas de Crédito y Compra.
Es el sistema que busca simplificar y unificar las retenciones de Ingresos Brutos sobre operaciones abonadas con medios de pago digitales. El sistema interviene cuando un agente de retención. Una entidad o plataforma que procesa pagos debe retener un importe sobre una liquidación o rendición de fondos realizada a un contribuyente.
¿A quiénes aplica?
SIRTAC aplica a contribuyentes alcanzados por el Convenio Multilateral.
- Monotributistas
- Responsables inscriptos
- Representantes de sociedades
- Administradores o apoderados
- Profesionales que operan en representación de clientes
- Personas que necesiten consultar, pagar o regularizar impuestos de la jurisdicción
No todos los contribuyentes están alcanzados automáticamente. La aplicación de la retención depende de la jurisdicción, la condición fiscal, el padrón vigente y el tipo de operación realizada.
¿Cuándo aplica?
SIRTAC aplica cuando se liquida o rinde dinero proveniente de operaciones cobradas mediante medios de pago electrónicos.
Por ejemplo, puede aparecer cuando:
- Cobrás con tarjeta de crédito.
- Cobrás con tarjeta de débito.
- Cobrás mediante plataformas de pago.
- Recibís liquidaciones de una billetera virtual.
- Vendés online y cobrás a través de un agrupador de pagos.
- Realizás operaciones de comercio electrónico.
- Estás incluido en el padrón correspondiente.
- La jurisdicción donde tributás está adherida al sistema.
En estos casos, el agente de retención puede descontar un importe al momento de liquidarte los fondos.
¿Por qué aplica?
SIRTAC aplica porque las jurisdicciones establecen regímenes de retención de Ingresos Brutos sobre operaciones cobradas mediante medios de pago digitales.
El objetivo del sistema es ordenar esas retenciones en una plataforma común, evitando que cada jurisdicción aplique criterios aislados o superpuestos.
De esta manera, se busca:
- Simplificar el cumplimiento para agentes de retención.
- Unificar criterios entre jurisdicciones adheridas.
- Facilitar el control de las retenciones.
- Evitar superposición de regímenes similares.
- Permitir que el contribuyente compute la retención como pago a cuenta del impuesto.
¿Cómo funciona?
- Anticipo de impuestos: Actúa como un régimen de retención o pago a cuenta anticipado de Ingresos Brutos cuando realizas cobros mediante tarjetas de crédito, débito o plataformas de pago.
- Reemplazo de normas: Antes de su creación, cada provincia tenía sus propias reglas, lo que generaba engorrosos trámites y posibles dobles retenciones. Ahora, el sistema unifica los criterios de todas las jurisdicciones adheridas.
- Devolución: Si estás correctamente inscripto en Ingresos Brutos, el monto retenido se descuenta de lo que debes pagar al fisco a fin de mes. Si no lo estás, te pueden retener sumas mayores.
¿Qué hago si me retuvieron por SIRTAC?
Si sufriste una retención de SIRTAC, primero conviene revisar:
- Quién practicó la retención.
- En qué período fue aplicada.
- Qué jurisdicción corresponde.
- Qué importe fue retenido.
- Si estás inscripto como contribuyente local o en Convenio Multilateral.
- Si la retención figura informada correctamente para poder computarla.
Luego, según tu situación fiscal, esa retención podrá utilizarse como deducción o pago a cuenta en la declaración jurada de Ingresos Brutos.
Si sos contribuyente de Convenio Multilateral, las retenciones pueden consultarse desde SIFERE Web - Consultas y luego computarse en la declaración jurada correspondiente, siempre que hayan sido informadas correctamente.
Si sos contribuyente local, la forma de consulta y cómputo dependerá del sistema de la jurisdicción donde estés inscripto.
¿Qué pasa si la retención no corresponde?
Puede ocurrir que una retención no corresponda o que se aplique con una alícuota incorrecta.
Por ejemplo, podría haber un error si:
- No estás alcanzado por Ingresos Brutos.
- La operación corresponde a otra jurisdicción.
- Tu actividad está exenta o no alcanzada.
- Estás inscripto en un régimen que no debería sufrir esa retención.
- La alícuota aplicada no coincide con tu situación fiscal.
- La información del padrón está desactualizada.
En estos casos, conviene revisar la documentación y consultar con el agente de retención o con la jurisdicción correspondiente para evaluar si corresponde reclamar o solicitar una corrección.
Si necesitas asesoramiento, dejá tus datos y un asesor te va a contactar para ayudarte y darte información.