Para calcular el Impuesto a las Ganancias, no se aplica un porcentaje directamente sobre todos tus ingresos. En el caso de las personas, primero se determina la ganancia neta, se consideran las deducciones que correspondan y se obtiene la ganancia neta sujeta a impuesto. Sobre ese resultado se aplica una escala progresiva de alícuotas. Las sociedades y empresas, como una SA, SRL o SAS, utilizan una escala diferente.
¿Qué es el mínimo no imponible?
Se trata de una de las deducciones que las personas pueden restar de sus ganancias netas antes de calcular el impuesto.
Para el período fiscal 2025, la ganancia no imponible anual es de: $4.507.505,52
Este importe no debe interpretarse como un piso general a partir del cual todas las personas empiezan a pagar Ganancias.
Además de la ganancia no imponible, pueden corresponder otras deducciones personales, como:
- Cargas de familia.
- Deducción especial.
- Deducciones especiales aplicables según el tipo de actividad o ingreso.
Por eso, el resultado final depende de la situación de cada contribuyente.
Hay que tener en cuenta que las sociedades y empresas no utilizan la ganancia no imponible prevista para personas. Para ellas existe una escala específica sobre su ganancia neta imponible.
¿Qué son las alícuotas?
Las alícuotas son los porcentajes que se utilizan para calcular el impuesto.
En el caso de las personas y sucesiones indivisas, Ganancias utiliza una escala progresiva por tramos: a medida que aumenta la ganancia neta sujeta a impuesto, aumenta la alícuota aplicable al excedente de cada tramo.
Esto significa que llegar a una alícuota más alta no implica pagar ese porcentaje sobre toda la ganancia.
Alícuotas de Ganancias para el período fiscal 2025
Para las personas y sucesiones indivisas, ARCA publicó la siguiente escala anual correspondiente al período fiscal 2025:
| Ganancia neta imponible acumulada | Importe fijo | Más el | Sobre el excedente de |
| Hasta $1.749.901,45 | $0 | 5% | $0 |
| Más de $1.749.901,45 hasta $3.499.802,89 | $87.495,07 | 9% | $1.749.901,45 |
| Más de $3.499.802,89 hasta $5.249.704,34 | $244.986,20 | 12% | $3.499.802,89 |
| Más de $5.249.704,34 hasta $7.874.556,52 | $454.974,38 | 15% | $5.249.704,34 |
| Más de $7.874.556,52 hasta $15.749.113,04 | $848.702,20 | 19% | $7.874.556,52 |
| Más de $15.749.113,04 hasta $23.623.669,56 | $2.344.867,94 | 23% | $15.749.113,04 |
| Más de $23.623.669,56 hasta $35.435.504,34 | $4.156.015,94 | 27% | $23.623.669,56 |
| Más de $35.435.504,34 hasta $53.153.256,52 | $7.345.211,33 | 31% | $35.435.504,34 |
| Más de $53.153.256,52 | $12.837.714,51 | 35% | $53.153.256,52 |
Los valores de esta tabla se aplican sobre la ganancia neta sujeta a impuesto, no sobre los ingresos brutos obtenidos durante el año.
¿Cómo se interpreta la escala?
En este caso hablamos de tramos, no de categorías.
Las categorías del Impuesto a las Ganancias, primera, segunda, tercera y cuarta, indican de dónde proviene una renta. En cambio, los tramos de esta escala se utilizan para determinar cuánto impuesto corresponde calcular.
Cada tramo tiene:
- Un límite inferior y superior.
- Un importe fijo acumulado.
- Una alícuota.
- Un monto a partir del cual se calcula el excedente.
Por ejemplo, si tu ganancia neta sujeta a impuesto se encuentra dentro de un tramo con una alícuota del 23%, no significa que vas a pagar el 23% sobre todo ese monto.
Se toma el importe fijo correspondiente al tramo y se suma el porcentaje indicado únicamente sobre el excedente del límite establecido. Se trata de una escala progresiva.
¿Qué pasa si tenés una sociedad o empresa?
Las sociedades de capital, entre ellas las SA, SRL y SAS, tienen una escala propia prevista en el artículo 73 de la Ley de Impuesto a las Ganancias. Para los ejercicios fiscales iniciados a partir del 1° de enero de 2025, la escala es:
| Ganancia neta imponible | Importe fijo | Más el | Sobre el excedente de |
| Hasta $101.679.575,26 | $0 | 25% | $0 |
| Más de $101.679.575,26 hasta $1.016.795.752,62 | $25.419.893,82 | 30% | $101.679.575,26 |
| Más de $1.016.795.752,62 | $299.954.747,02 | 35% | $1.016.795.752,62 |
Al igual que para las personas, la alícuota correspondiente al último tramo alcanzado no se aplica directamente sobre toda la ganancia: la escala combina un importe fijo con una alícuota sobre el excedente.
Una vez determinado el impuesto, pueden descontarse, anticipos, pagos a cuenta, retenciones y percepciones realizadas durante el período.
¿Existe un beneficio para contribuyentes cumplidores en Ganancias?
Para el período fiscal 2025 no existe un beneficio general vigente que reduzca las alícuotas del Impuesto a las Ganancias por ser contribuyente cumplidor.
El beneficio para contribuyentes cumplidores establecido por la Ley 27.743 para los períodos 2023, 2024 y 2025 corresponde específicamente al Impuesto sobre los Bienes Personales.
En años anteriores existieron beneficios particulares para cumplidores en Ganancias, pero correspondieron a otros períodos fiscales y ya no forman parte de la liquidación general del período 2025.
¿Los montos se actualizan?
SI. Para las personas, tanto las deducciones personales como los montos de los tramos de la escala del artículo 94 se actualizan semestralmente, en enero y julio, según la variación del Índice de Precios al Consumidor IPC. Este mecanismo rige desde el período fiscal 2025.
En el caso de las sociedades, los montos de los tramos de la escala se actualizan anualmente según la variación del IPC. Los porcentajes generales continúan siendo del 25%, 30% y 35%.
Por eso, siempre es importante revisar qué período o ejercicio fiscal se está liquidando.
¿Qué alícuotas están previstas para los próximos períodos?
A diferencia de Bienes Personales, actualmente no existe un cronograma legal de reducción progresiva de las alícuotas generales de Ganancias.
Para el período fiscal 2026, ARCA mantiene para personas, la escala progresiva con alícuotas del 5% al 35%, aunque actualizó los montos de cada tramo por IPC.
Para las sociedades, la escala 2026 también mantiene las alícuotas del 25%, 30% y 35%, con nuevos valores para los tramos.
Esto significa que, bajo la normativa vigente, lo que se actualiza son los montos de las deducciones y los límites de cada tramo, mientras que las alícuotas generales se mantienen.
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