Los anticipos del Impuesto a las Ganancias son pagos a cuenta del impuesto que se estima que vas a tener que pagar por el período fiscal siguiente. ARCA los calcula tomando como referencia, la información del período anterior. Cuando finalmente se determina el Impuesto a las Ganancias mediante la declaración jurada, los anticipos que ya pagaste se descuentan del impuesto resultante.
¿Qué es un anticipo de Ganancias?
Un anticipo no es un impuesto adicional. Es un pago adelantado del Impuesto a las Ganancias del período siguiente. Pagas una parte de Ganancias por adelantado y luego ese importe se descuenta al realizar la liquidación definitiva.
¿Cuándo corresponde pagar anticipos?
Los anticipos se generan cuando, a partir de la declaración jurada y del cálculo establecido por ARCA, surge un importe suficiente para quedar alcanzado por el régimen. No todas las personas que presentan Ganancias necesariamente tienen anticipos a pagar.
Para calcularlos, ARCA toma como base el período fiscal anterior y considera, elementos como el impuesto determinado, las deducciones, retenciones, percepciones y otros pagos a cuenta.
ARCA informa los anticipos determinados a través del servicio Sistema de Cuentas Tributarias.
¿A quiénes aplica?
El régimen alcanza a dos grupos:
Personas y sucesiones indivisas
Deben ingresar 5 anticipos a cuenta del Impuesto a las Ganancias del período siguiente.
Los anticipos vencen en agosto, octubre y diciembre del primer año, y en febrero y abril del año siguiente.
Sociedades y empresas
Las sociedades y empresas alcanzadas por Ganancias deben ingresar 9 anticipos.
El primero vence el mes siguiente al vencimiento de la declaración jurada del ejercicio anterior y los restantes continúan durante los meses siguientes.
¿Y si sos monotributista?
Ser monotributista por sí solo no genera anticipos de Ganancias por la actividad incluida dentro del Monotributo.
Sin embargo, una persona puede ser monotributista y, al mismo tiempo, estar alcanzada por Ganancias por otros ingresos no comprendidos dentro de ese régimen. En ese caso, deberá analizarse si corresponde determinar anticipos.
¿Qué porcentaje se paga como anticipo?
El porcentaje cambia según el tipo de contribuyente:
| Contribuyente | Cantidad de anticipos | Porcentaje de cada anticipo |
| Personas y sucesiones indivisas | 5 | 20% |
| Sociedades y empresas | 9 | 11,11% |
Estos porcentajes se aplican sobre la base de cálculo del anticipo, no directamente sobre tu facturación ni sobre todos los ingresos que obtengas.
¿Cómo se calcula el monto?
El monto de los anticipos no es igual para todos los contribuyentes.
ARCA lo determina utilizando como referencia la información del período anterior y realizando los ajustes previstos por la normativa. En el caso de las personas, de manera simplificada:
- Se parte del resultado del período fiscal anterior.
- Se consideran las deducciones personales actualizadas.
- Se determina nuevamente el impuesto utilizando la escala correspondiente.
- Se descuentan determinadas retenciones, percepciones y pagos a cuenta.
- Sobre el resultado se calcula el 20% para cada anticipo.
Para las sociedades y empresas, se parte principalmente del impuesto determinado en el ejercicio anterior, se descuentan los conceptos admitidos y sobre el resultado se aplica el 11,11% para determinar cada anticipo.
¿Existe un monto mínimo?
Sí. ARCA establece un importe mínimo para que corresponda ingresar cada anticipo. Actualmente:
- Para personas y sucesiones indivisas, corresponde pagar cuando el anticipo determinado es de $5.000 o más.
- Para sociedades y empresas, corresponde cuando el anticipo determinado es de $2.500 o más.
Esto no significa que esos sean los montos que vas a pagar. Son únicamente los mínimos a partir de los cuales el anticipo resulta exigible.
¿Qué pasa si tus ganancias disminuyen?
Los anticipos se calculan utilizando información del período anterior. Por eso, puede ocurrir que durante el nuevo período tu actividad disminuya y los anticipos calculados resulten demasiado altos en relación con el impuesto que esperás pagar.
En determinadas situaciones, podés solicitar una reducción de anticipos ante ARCA, informando una estimación de la obligación del período actual.
Para personas y sucesiones indivisas, la reducción puede solicitarse, como regla general, a partir del tercer anticipo. También puede solicitarse desde el primero cuando se estime que los anticipos calculados superarán en más de un 40% la obligación proyectada.
Para sociedades y empresas existen reglas específicas según el anticipo y la diferencia estimada.
Anticipos de Ganancias 2026
Para las personas y sucesiones indivisas, el primer anticipo correspondiente al período fiscal 2026 tuvo una modificación excepcional de vencimiento.
ARCA trasladó su vencimiento, originalmente previsto para agosto de 2026, a septiembre de 2026, con fechas diferentes según la terminación de CUIT.
Esta modificación corresponde específicamente al primer anticipo de 2026 y no cambia el funcionamiento general del régimen.
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