El Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL) posibilita a los trabajadores y trabajadoras acceder a un trabajo digno con una remuneración justa, acceso a la seguridad social, a la salud y a la representación sindical; y, además, evita la competencia desleal entre empresas.
¿Qué es el REPSAL?
El REPSAL es un registro donde se publican empleadores con sanciones firmes por incumplir obligaciones laborales. Estas sanciones pueden haber sido aplicadas por:
La Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (STEySS)
ARCA (Ex AFIP) por situación laboral no registrada o derechos incumplidos
Autoridades provinciales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
El RENATRE
Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT)
El acceso al listado de empleadores con sanciones es libre y gratuito.
¿Qué sanciones se incluyen en el REPSAL?
Se incluyen empleadores que reciben sanciones firmes por infracciones como
Falta de inscripción del empleador ante las autoridades laborales
Obstruir la labor de la inspección laboral
Incumplimiento de aportes y contribuciones a la seguridad social
Infracciones a normas sobre trabajo infantil o protección de adolescentes
¿Qué sanciones NO se incluyen en el REPSAL?
- No se incluyen sanciones menores cuando la diferencia entre la fecha real de ingreso y la registrada no supera los 30 días corridos.
- Las sanciones impuestas por las autoridades provinciales y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por incumplimiento en la correcta registración del empleo.
- Las impuestas por las autoridades laborales provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
- SRT por obstrucción a la labor de la inspección.
- Las impuestas por el RENATEA con motivo de la falta de registración de empleadores o trabajadores.
¿Qué adjudica estar en el REPSAL?
La publicación de la sanción en el REPSAL implicará para los empleadores sancionados, mientras permanezcan en el Registro, la imposibilidad de:
- Acceder a los programas, acciones asistenciales o de fomento, beneficios o subsidios administrados, implementados o financiados por el Estado nacional.
- Acceder a líneas de crédito otorgadas por las instituciones bancarias públicas.
- Celebrar contratos de compraventa, suministros, servicios, locaciones, consultoría, alquileres con opción a compra, permutas, concesiones de uso de los bienes del dominio público y privado del Estado nacional, que celebren las jurisdicciones y entidades comprendidas en su ámbito de aplicación.
- Participar en concesiones de obras públicas, concesiones de servicios públicos y licencias, o acceder a los beneficios económicos de promoción de las contrataciones previstos en la Ley N° 26.940.
Si el infractor reincidiera en la misma infracción que produjera su inclusión en el Registro en un lapso de tres (3) años será excluido de pleno derecho del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes en el caso de los monotributistas o se impedirá que el empleador infractor deduzca en el impuesto a las ganancias los gastos inherentes al personal -empleados, dependientes u obreros, de acuerdo con lo previsto por el artículo 87, incisos a) y g) de la ley del referido tributo.
¿Cómo puedo consultar las sanciones en el REPSAL?
La consulta de sanciones en el REPSAL es libre y gratuita, y se puede hacer ingresando desde repsal.trabajo.gob.ar/Sancion y completando los datos requeridos por el sistema. Es importante hacer esta consulta periódicamente para asegurarse de que no se está trabajando con empleadores sancionados.
Si necesitas asesoramiento, dejá tus datos y un asesor te va a contactar para ayudarte y darte información.