El alta de un empleado o colaborador debe realizarse antes de que comience a prestar tareas, una vez definida la modalidad de contratación. Este proceso permite registrar correctamente la relación laboral ante los organismos correspondientes y evitar sanciones o inconsistencias futuras.
Definir el tipo de contratación
Antes de realizar el alta, es fundamental definir cómo se va a contratar al trabajador:
Relación de dependencia: el alta se realiza a través del sistema Simplificación Registral de ARCA (Ex AFIP).
Monotributo (PADIC): corresponde cuando se trata de un colaborador independiente inscripto como monotributista y adherido al Padrón de Trabajadores Independientes con Colaboradores (PADIC).
Una vez definido el esquema, deberás efectuar el alta en el servicio correspondiente según el caso.
Información del Empleado o Colaborador
Te dejamos los siguientes documentos e informacion que podrían ayudarte en la contratación y permanencia del empleado o colaborador.
- Ficha de datos personales: : El trabajador debe aportar documentos vigentes (DNI) y su CUIL. Estos datos se cargan en la Solicitud de Empleo
- Actualizacion y vigencia de la Declaración de domicilio del empleado/colaborador. Deberas llevar un registro con esta informacion que es de caracter de declaracion jurada
- Notificación Régimen de Asignaciones Familiares y de pensiones o subsidios
- Trabajadores con discapacidad implementa un conjunto de programas y acciones destinados a la inserción de personas con discapacidad
- Alta en la Obra Social: Informar los datos complementarios y vínculos familiares para adhesión a trámites. El empleado debe elegir la obra social que le corresponde
- Tener un CBU/CVU para cobro de honorarios/haberes.
- Como colaborador (Monotributo): Si el trabajador es un monotributista que prestará servicios para un emprendimiento, entrará en el nuevo régimen PADIC. El empleador (trabajador independiente) lo dará de alta en el Padrón de Trabajadores Independientes con Colaboradores
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Información necesaria para el Empleador
- Simplificación Registral/Empleador: Si el nuevo contratado es empleado en relación de dependencia, se utiliza el Simplificación Registral de ARCA (Ex AFIP) para darlo de alta
- PADIC: El Padrón de Trabajadores Independientes con Colaboradores fue creado por la RG 5599/24 para registrar a autónomos con hasta tres colaboradores
- Elementos de Protección Personal. Si el trabajo lo requiere, el empleador debe proveer elementos de protección personal adecuados (cascos, guantes, calzado especial, etc.)
- Notificación Obligación de presentar SIRADIG F. 572. Aquellos empleados alcanzados al impuesto a las Ganancias. Todo empleado en relación de dependencia debe presentar cada año en ARCA (Ex AFIP) Liquidación de Impuesto a las Ganancias - 4ta. Categoría, del empleador anterior (F. 1357) El empleador recibe la información y calcula % de Ganancias.
- Alta en la Obra Social, respetar la opción anterior si existe
- Apertura Cuenta Sueldos. La ley 26.704 establece que el salario debe pagarse mediante depósito en una cuenta sueldo a nombre del empleado
- Planilla Horaria Ley 11.544. Es obligatorio contar con una planilla de registro de la jornada laboral
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Formulario 885/A. Este formulario oficial (disponible en la web de ARCA) sirve para comunicar el alta en el sistema
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