Antes de incorporar a una persona como empleada en relación de dependencia, es fundamental cumplir con una serie de tareas y registros. No solo evitan multas y problemas legales, sino que también garantizan que la relación laboral empiece de forma correcta y transparente.
Contrato de trabajo / empleo
El contrato de trabajo establece las condiciones básicas de la relación laboral, como el tipo de jornada, tareas, categoría, remuneración y modalidad de contratación.
Aunque en muchos casos el contrato puede ser verbal, siempre se recomienda dejarlo por escrito, especialmente cuando hay:
Jornada parcial
Contratos a plazo fijo: Tiene un inicio y fin establecido previamente
Modalidades especiales
El contrato ayuda a evitar conflictos y sirve como respaldo ante inspecciones o reclamos laborales.
Contar con cobertura de ART
La ART se encarga de reparar los daños económicos en casos de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales que sufran las trabajadoras. La póliza de ART tiene que estar vigente desde el primer día de la relación laboral.
Si el trabajador sufriera un accidente de trabajo o una enfermedad profesional, la ART se hace cargo de:
- Su atención médica inmediata.
- Pagarle el sueldo mientras estás en tratamiento.
- Pagarle las indemnizaciones que te correspondan.
Contar con Seguro de vida
Los seguros de vida para empresas pueden ser obligatorios en su contratación, según lo disponga un decreto, la ley de Contrato de Trabajo o algún convenio en particular:
Seguro de vida obligatorio (Decreto 1567/74): es un seguro que brinda cobertura en caso de fallecimiento de un empleado.
Contar con Seguro de Accidentes Personales
En algunos casos, además del seguro obligatorio y la ART, se requiere un Seguro de Accidentes Personales, especialmente cuando:
La actividad tiene mayor riesgo
Lo exige un convenio colectivo
Es una condición contractual o comercial
No reemplaza a la ART, sino que la complementa cuando corresponde.
Adhesión a la Obra Social
El empleador debe inscribir al trabajador en la obra social correspondiente (según el convenio colectivo
aplicable) y aportar mensualmente el porcentaje legal (aprox. 3% del salario bruto del trabajador + 6% del empleador). Esta afiliación garantiza cobertura de salud al empleado y su grupo familiar primario.
El trabajador puede:
Elegir la obra social que prefiera
Derivar aportes si corresponde
La afiliación garantiza el acceso a cobertura médica desde el inicio de la relación laboral.
Alta en el Sindicato correspondiente
Según la actividad que desarrolle la empresa o el empleado, puede ser obligatorio realizar el alta en el sindicato correspondiente.
Esto implica:
Aplicar el convenio colectivo adecuado
Realizar aportes sindicales si corresponden
Respetar escalas salariales y condiciones del convenio
No aplicar el sindicato correcto puede generar diferencias salariales y reclamos futuros.
Rúbrica del Libro de Sueldos
El empleador debe contar con el Libro de Sueldos rubricado, donde se registran:
Altas y bajas de empleados
Sueldos y conceptos liquidados
Aportes y contribuciones
Actualmente, en muchas jurisdicciones se utiliza el Libro de Sueldos Digital, que reemplaza al formato papel.
Es obligatorio y suele ser uno de los primeros documentos que se revisan en inspecciones laborales.
Alta en Registros Específicos
Según la actividad, puede ser necesario inscribirse en registros especiales, por ejemplo:
Construcción
Transporte
Seguridad
Actividades reguladas
Estos registros habilitan legalmente a contratar personal dentro de determinados rubros.
Rúbrica de Libros Especiales por actividad
Algunas actividades requieren llevar libros laborales o especiales adicionales, además del Libro de Sueldos, como:
Registros de jornada
Libros técnicos o profesionales
Libros exigidos por organismos específicos
La obligación depende del rubro y la jurisdicción.
Si necesitas asesoramiento, dejá tus datos y un asesor te va a contactar para ayudarte y darte información.