Si estás por contratar a alguien o sumar ayuda a tu actividad, el primer paso es inscribirte como empleador ante ARCA (Ex AFIP). Este trámite es necesario antes de dar de alta a cualquier trabajador, sin importar el tamaño de tu actividad.
¿Quién puede inscribirse como empleador?
Puede inscribirse como empleador cualquier persona o empresa que necesite incorporar personal, por ejemplo:
Monotributistas: Emprendedores, Profesionales, Etc.
Autónomos: Responsables Inscriptos
- Sociedades Comerciales: Sociedad de Responsabilidad Limitada, Sociedad Anónima, Etc.
No hace falta tener empleados al momento de inscribirte. Podés darte de alta como empleador de forma anticipada y dejar todo listo para cuando contrates.
En este caso, en el mes de inicio deberás presentar por única vez el formulario 931 con la leyenda "sin empleados". Deberás volver a presentarlo cuando empieces a tener empleados.
¿Cómo me inscribo para ser empleador?
1. Ingrea a la web de ARCA (Ex AFIP) con tu CUIT y una Clave Fiscal con nivel de seguridad 3 . Si aún no las tenés, primero deberás tramitarlas mediante la inscripción digital en ARCA (Ex AFIP).
2. Destro del portal de ARCA (Ex AFIP) en el menú de servicios, seleccioná "Sistema Registral" y luego ingresá a la opción "Registro Único Tributario"
3. Una vez en el Registro Único Tributario, buscá la sección de “Impuestos/Regímenes” y añadí el código de empleador (el Impuesto 301) a tu registro tributario.
4. Completá los datos requeridos (por ejemplo, fecha de inicio como empleador, actividad, etc.) y confirmá la operación. Al finalizar, tu CUIT quedará habilitada como empleador registrado.
5. Desde el mes en que te inscribís, tendrás la obligación de presentar mensualmente la Declaración Jurada (F.931) de cargas sociales. Si aún no tenés empleados ese mes, presentás el F.931 en cero ("sin empleados")
6. Cuando contrates personal, deberás registrar el alta de cada trabajador antes de su incorporación efectiva (a través del servicio “Simplificación Registral – Empleadores” con Clave Fiscal) y abonar mensualmente los aportes y contribuciones correspondientes por medio del F.931.
Tipos de empleador
Actualmente existen dos formas de vincular personas a tu actividad.
Empleador con trabajadores en relación de dependencia
Es la modalidad tradicional. Se aplica cuando contratás personas como empleados con un vínculo laboral clásico. En este caso:
El trabajador está en relación de dependencia
Vos sos el empleador
Debés registrar el alta antes de que empiece a trabajar
Pagás aportes y contribuciones sociales
Presentás el F.931 todos los meses
Contratás ART y cumplís con la normativa laboral
Este esquema aplica a empleados permanentes, temporales, part time, personal doméstico, entre otros.
Trabajador independiente con colaboradores (Monotributista – PADIC)
Es una modalidad pensada para monotributistas y autónomos que necesitan ayuda sin incorporar empleados en relación de dependencia.
A través del PADIC (Padrón de Trabajadores Independientes con Colaboradores) podés:
Registrar hasta 3 colaboradores
Mantener un vínculo no laboral tradicional
Cada parte realiza aportes unificados especiales
No se presenta F.931 por estos colaboradores
El colaborador no es empleado, sino un trabajador independiente vinculado a tu emprendimiento.
¿Cómo inscribirse en PADIC (colaboradores monotributistas)?
Pasos detallados para la inscripción (Emprendedor):
- Acceso: Ingresar a la plataforma de ARCA (Ex AFIP) con CUIT y clave fiscal nivel de seguridad 3..
- Servicio: Buscar y seleccionar el servicio "PADIC" (Padrón de Trabajadores Independientes con Colaboradores).
- Carga de datos: Elegir "Agregar Emprendimientos" y completar la información: nombre de fantasía, actividad, domicilio y fecha de inicio.
- Colaboradores: Ingresar el número de CUIT de los colaboradores independientes.
- Confirmación: Al finalizar, tanto el emprendedor como los colaboradores recibirán un "Código PADIC" en su domicilio fiscal electrónico.
El emprendedor debe tener el alta en el régimen correspondiente.
Pasos para el Colaborador:
- Recibirá una notificación y deberá entrar al servicio PADIC para confirmar su participación en un plazo de 72 horas (declaración jurada).
Colaboradores: Deben ser trabajadores independientes activos.
Si necesitas asesoramiento, dejá tus datos y un asesor te va a contactar para ayudarte y darte información.