La liquidación laboral, también llamada liquidación final, es el pago que realiza el empleador cuando un trabajador se desvincula de manera definitiva de la empresa. Se suele llamar liquidación porque con esta remuneración se liquidan todos los conceptos que la compañía adeuda al personal al momento de finalizar el contrato.
La liquidación incluye conceptos como las vacaciones o el Sueldo Anual Complementario (el aguinaldo). Ya que si se produce la extinción del contrato y el trabajador no se tomó vacaciones o no recibió aún su aguinaldo, el empleador debe abonar el total o el proporcional correspondiente a estas prestaciones.
Qué debe pagarse con la liquidación final
Si se trata de una renuncia del trabajador o de un despido con causa, el pago de esta liquidación debe incluir:
- Salario proporcional mes en curso (días trabajados)
- Sueldo anual complementario (S.A.C - Aguinaldo) proporcional
- Vacaciones no gozadas
- Horas extras adeudadas de los últimos dos años
- Comisiones adeudadas de los últimos dos años
- Bonus o premios adeudados
- Cualquier concepto adeudado de los últimos dos años
- Aguinaldo sobre vacaciones no gozadas y horas extras
- Aguinaldo sobre otros conceptos adeudados
Si se trata de un despedido sin causa o sin justificación, el empleador tiene que abonar, todos los ítems del punto anterior junto a:
- Indemnización por antigüedad
- Mes de integración de despido
- Indemnización sustitutiva del preaviso no otorgado
- Aguinaldo sobre mes de integración, preaviso e indemnización por antigüedad
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